Reglamento General de circulación : RD 1428/2003
Artículo 121:
4. Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas con la señal regulada en el artículo 159 de este Reglamento, sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos.
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Iré por donde quiero, que estoy muy loco
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#43 #43 antonio_recio dijo: Reglamento General de circulación : RD 1428/2003
Artículo 121:
4. Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas con la señal regulada en el artículo 159 de este Reglamento, sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos.te falta un
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#12 #12 pau7d dijo: repetida!!#9 #9 electrocardiografo dijo: esta viñeta no la publicaron ya antes??mas que repetida, a mí me suena de leerla en ADV.
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#43 #43 antonio_recio dijo: Reglamento General de circulación : RD 1428/2003
Artículo 121:
4. Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas con la señal regulada en el artículo 159 de este Reglamento, sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos.''sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos''
No, es que luego la gente se lía, y no sabe si puede arrollarlos o no XD
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Gente en patines, esos grandes marginados viales
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#16 #16 sca4473 dijo: #12 #9 mas que repetida, a mí me suena de leerla en ADV.si, me acuerdo yo, fue hace poco pero ha ido listo y ha esperado en enviar la idea
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#43 #43 antonio_recio dijo: Reglamento General de circulación : RD 1428/2003
Artículo 121:
4. Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas con la señal regulada en el artículo 159 de este Reglamento, sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos.Marty McFly al borde de ley...
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Que voy saltando casas?
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tu prueba a ir por el aeropuerto
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#41 #41 rober23 dijo: Demasiadas ruedas para una acera. pocas ruedas para el carril bici. un hombre entre dos mundos. El es... :foreveralone:¿Pocas ruedas para el carril bici?.. Cuantas ruedas tienes tu en tu bici?
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y ese simbolo de infinito al lado del Y U NO ?
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por el cableado eléctrico
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yo iba con los patines cuando un cani salvaje aparecio y me dijo "a que te robo los patine?"
no tienes huevos
llege descalzo a mi casa
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#43 #43 antonio_recio dijo: Reglamento General de circulación : RD 1428/2003
Artículo 121:
4. Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas con la señal regulada en el artículo 159 de este Reglamento, sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos.La respuesta exacta de un policia al que pregunte hace tiempo fue "Por donde no te atropellen"
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de que me sonara esto
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Ven Josephine, asciende conmigo, VUELA, VUELA, ALTO MUY ALTO...
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por el aire?
pues la trollscience que te dice 1000 maneras de volar
ilógicamente claro
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es un ADV
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por casa de tu puta madre
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pues simple, volando
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inventa los patines voladores !! problema resuelto
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repetida!!
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Jajaja,vas por el aire,entonces es cuando te dicen los conductores del avión,el aire es solo para los aviones XD.
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patinas en el pasillo de tu puta casa
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No vayas, total, para lo que tienes que hacer...
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Mama, puedo ir por casa??
:miradafija: NO!
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Roller 4 Life, necesitaba decirlo, ya podéis inflarme a negativos.
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Por el carril de patin
Ah no.. que no teneis
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¡¿Por qué se repiten tantas viñetas últimamente...?!
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¿Por que no hacen un carril para patines?
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Gente que saca viñetas de ADV y pone "propia"
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me la suda ire por donde me salga de los huevos
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Vas por los jardines :mirada fija:
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yo pienso que deveria ir con patines por carril bici...
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-pues ves por el puto carril patines
-
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pues vas por el camino de las cabras
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Por las alcantarillas
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#33 #33 er_meka dijo: REPETIDA, y la de antes de esta también. no sé que tipo de moderadores hay... pero como sigan asi ya no entro nunca más a CC...te doy la razón, me suena de haberla visto aqui y en ADV. Pero si tanto te molesta que se repita, pon tu granito de arena y modera
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Tendrías que probar por el carril bus siempre funciona
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REPETIDA, y la de antes de esta también. no sé que tipo de moderadores hay... pero como sigan asi ya no entro nunca más a CC...
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Parafraseando a Fernando Fernán Gómez: "Por la mierda. Se va usted por la mierda."
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Fuera de mi vista debes irte
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Se va por el carril bici... se llama asi porque generalmente hay mas bicis circulando, pero esta hecho para todos aquellos transportes de ruedas que no son de motor: patines, patinetes, monopatines, bicis...
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No vayas! VUELA!!!!
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pues vete al parque
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volando
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Esto es de un cómic de Zipi y Zape.
Buena igualmente.
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no has pensado en...
pasar donde estan los viejos sentados?
y sino tienes otra opcción... ir por las nives!!
aunque yo te aconsejo el de dar por culo a los viejecitos con el taca taca
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que les jodan a todos y ve por donde te salga .. yo hago eso
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Artículo 121:
4. Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas con la señal regulada en el artículo 159 de este Reglamento, sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos.
Artículo 121:
4. Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas con la señal regulada en el artículo 159 de este Reglamento, sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos.te falta un
Artículo 121:
4. Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas con la señal regulada en el artículo 159 de este Reglamento, sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos.''sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos''
No, es que luego la gente se lía, y no sabe si puede arrollarlos o no XD
Artículo 121:
4. Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas con la señal regulada en el artículo 159 de este Reglamento, sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos.Marty McFly al borde de ley...
no tienes huevos
llege descalzo a mi casa
Artículo 121:
4. Los que utilicen monopatines, patines o aparatos similares no podrán circular por la calzada, salvo que se trate de zonas, vías o partes de las mismas que les estén especialmente destinadas y sólo podrán circular a paso de persona por las aceras o por las calles residenciales debidamente señalizadas con la señal regulada en el artículo 159 de este Reglamento, sin que en ningún caso se permita que sean arrastrados por otros vehículos.La respuesta exacta de un policia al que pregunte hace tiempo fue "Por donde no te atropellen"
pues la trollscience que te dice 1000 maneras de volar
ilógicamente claro
:miradafija: NO!
Ah no.. que no teneis
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Buena igualmente.
pasar donde estan los viejos sentados?
y sino tienes otra opcción... ir por las nives!!
aunque yo te aconsejo el de dar por culo a los viejecitos con el taca taca